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Estudiantil
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UNIVERSIDAD SANTO TOMAS

 

REGLAMENTO ESTUDIANTIL

 

De conformidad con lo establecido en el Estatuto Orgánico el Reglamento Estudiantil regulara las actividades de los estudiantes en todos sus aspectos

 

TITULO I

 

CAPITULO I

 

DEL RÉGIMEN ESTUDIANTIL

ART. 1.

Son personas nacionales y extranjeras que se inscriben en los registros de la Universidad para seguir estudios en un programa de formación determinado cumpliendo todos los requisitos exigidos por el mismo adquieren el carácter de:

a)                 POST GRADUANTES UNIVERSITARIOS

b)                ESTUDIANTES UNIVERSITARIO

c)                ESTUDIANTES DE PROGRAMAS ESPECIALES

 

REGIMEN DE ADMISION, PERMANENCIA TRASPASO CONVALIDACION PROMOCION Y GRADUACION

Art. 2

 Para ser aceptado como  POST GRADUANTE en la Universidad se debe cumplir con:

a)                 Ser mayor de 17 años

b)                Haber obtenido mínimamente el diploma académico de egreso de Técnico Superior, Bachiller Universitario o Licenciatura, para los niveles de POST TITULO Y DIPLOMADOS SUPERIORES

c)                Haber obtenido mínimamente el diploma académico de titilación de Bachiller Universitario y Licenciatura  para los niveles de MAESTRIA Y DOCTORADO

d)                Ser de nacionalidad boliviana o extranjera con documentación al día

e)                 Reunir condiciones exigidas por el Programa de Post Grado

 

ART. 3.

Para ser aceptado como  ESTUDIANTE UNIVERSITARIO en la Universidad se debe cumplir con:

f)                  Ser mayor de 17 años

g)                Haber obtenido el bachillerato

h)                Ser de nacionalidad boliviana o extranjera con documentación al día

i)                   Reunir condiciones exigidas por el Programa de Pre Grado

 

ART. 4.

Son postulantes de la Universidad aquellas personas que se presentan en la Jefatura de Comercialización para recabar información referente a una determinada oferta académica.

 

ART. 5.

Son alumnos regulares de la Universidad todos aquellos postulantes que hayan concluido el procedimiento de admisión con la Jefatura de Admisión.

 

ART. 6.

Adoptan la denominación de alumnos regulares aquellos alumnos que, asisten regularmente de acuerdo a un calendario académico en dependencia de la modalidad elegida -presencial, semipresencial o a distancia-.

 

DE LA PERMANENCIA

ART. 7.

El alumno regular tiene un tiempo estimado de culminar sus estudios:

 

         a)       TECNICO MEDIO                           3 AÑOS

         b)      TECNICO SUPERIOR                     4 AÑOS

         c)      BACHILLER UNIVERSITARIO      5  AÑOS

         d)      LICENCIATURA                             6 AÑOS

 

ART. 8.

Una vez que el alumno ha concluido con  su malla curricular puede permanecer únicamente dos años para presentarse ante tribunal interno.  Pasado este periodo el alumno debe acogerse a un programa de nivelación

 

ART. 9.

El alumno puede cancelar una asignatura, modulo, por un periodo o mas de acuerdo al procedimiento establecido.

 

 

 

 

DEL TRASPASO

Art. 10.

El alumno puede solicitar traspaso entre carreras o Unidades Académicas  de la propia universidad para ello debe dar cumplimiento con el procedimiento de traspaso interno.

 

ART. 11.

El alumno puede solicitar su traspaso a otras Universidades del sistema, para ello debe dar cumplimiento con el procedimiento de traspaso a otros centros de formación superior.

 

DE LAS CONVALIDACIONES

ART. 12.

El alumno puede solicitar convalidación de asignaturas o módulos entre carreras de la propia universidad.  Para ello  debe cumplir con el procedimiento de CONVALIDACION INTERNA

 

ART. 13.

El alumno puede solicitar convalidación de asignaturas o módulos de otros centros de formación superior.  Para ello debe cumplir con el procedimiento de CONVALIDACION EXTERNA.

 

DE LA PROMOCIÓN Y GRADUACIÓN

ART. 14.

Todo alumno será promovido al ciclo superior una vez que ha dado cumplimiento satisfactorio a la aprobación de asignaturas y módulos asignados a través del procedimiento de inscripción o reinscripción.

 

ART. 15.

Todo alumno podrá ingresar en la etapa de graduación una vez que haya pasado por todo el procedimiento exigido por la COORDINACION DE TITULACION

 

DE LOS DERECHOS, DEBERES  Y OBLIGACIONES DEL REGIMEN ESTUDIANTIL

ART. 16

La Universidad establece de acuerdo a su Estatuto Orgánico, Reglamentos y Normas el cumplimiento de derechos, deberes y obligaciones por parte de los alumnos regulares.

ART. 17.

Todo alumno regular debe acogerse al cumplimiento de normas.  Estas normas delinean la aceptación y compromiso con:

 

a)                 NORMAS DE CONDUCTA

b)                NORMAS ECONOMICAS

c)                NORMAS DE ASISTENCIA

d)                NORMAS ACADEMICAS

e)                 NORMAS DE CONVALIDACION

f)                  NORMAS DE TITULACION

g)                RECOMENDACIONES FINALES

 

ART. 18.

Cada una de estas normas están establecidas y dadas al conocimiento de los alumnos regulares antes de su ingreso cuya firma de conformidad es un requisito.

 

ART. 19.

El alumno regular esta en  la obligación de respetar y dar fiel y estricto cumplimiento a estas normas

 

ART. 20.

El alumno esta en su derecho de reclamar a la Universidad el incumplimiento de  normas, reglamentos y procesos.

 

ART. 21.

El alumno esta en su derecho que la Universidad garantice su proceso de formación.

 

DE LAS DISTINCIONES E INCENTIVOS

ART. 22.

Las distinciones e incentivos son reconocimientos que la propia Universidad realiza.

 

ART. 23.

Las distinciones e incentivos se otorgan a los alumnos regulares son:

a)                 PREMIO A LA EXCELENCIA ACADEMICA

SUMA CUM LAUDE

                   b)      PREMIO AL EMPRENDIMIENTO

                            LAUDE

ART. 24.

El premio a la excelencia académica SUMA CUM LAUDE se hace entrega una vez a año.  El objetivo es el de distinguir el mayor puntaje de aprovechamiento académico de una carrera.

 

ART. 25.

El premio al emprendimiento LAUDE se hace entrega una vez al año.  El objetivo es el  distinguir el reconocimiento a una determinada actividad realizada ante la fe publica que califique sus destrezas y habilidades de emprendedor

                  

DEL SISTEMA DE SEGUIMIENTO ACADEMICO, EVALUACION Y APOYO

ART. 26.

El seguimiento académico es el proceso de reflexión entre el estudiante y la Dirección Académica referente a los resultados obtenidos a través del aprovechamiento académico durante una gestión académica determinada

 

ART. 27.

Es de carácter de obligatoriedad que el alumno regular asista a las citaciones correspondientes a su seguimiento académico

 

ART. 28.

El seguimiento académico es un proceso el cual esta detallado en el procedimiento de SEGUIMIENTO ACADEMICO conducido por las Direcciones de POST GRADO, PRE GRADO Y  PROGRAMAS ESPECIALES.

 

ART. 29.

La Universidad realiza el proceso de evaluación académica durante todo una gestión académica

 

ART. 30.

El proceso de evaluación reúne varias criterios  como ser:

 

a)                 Controles bibliográficos

b)                Exámenes parciales

c)                Exámenes finales

d)                Trabajos de investigación

e)                 Trabajos finales

f)                  Evaluación de conocimientos generales

g)                Evaluaciones orales

h)                Evaluaciones de presentación abierta

 

ART. 31.

Las evaluaciones se llevan a cabo en cada asignatura y/o modulo donde se tomaran en cuenta tres formas de evaluación

 

a)                 Diagnostico

b)                Formativa

c)                Acumulativa

d)                Sumativa

 

ART. 32.

Cada asignatura mantendrá un proceso constante evaluativo donde el alumno deberá enfrentar a las siguientes modalidades de evaluación

a)                 Exámenes escritos y orales

b)                Trabajos individuales o en grupos

c)                Trabajos de campo

d)                Practicas de campo

 

ART. 33.

Todas estas evaluaciones permitirá lograr un resultado en el arrea cognitiva, formativa y afectiva.

 

ART. 34.

Para cada evaluación, la expresión grafica de su resultado son las calificaciones que darán un parámetro objetivo de aprovechamiento o no del alumno y en una determinada asignatura

 

ART. 35.

La ponderación que se dará a las calificaciones serán las siguientes:

         DEL 100% AL 91%       EXCELENTE

         DEL  90% AL  81%       MUY BUENO

         DEL  80% AL  71%       BUENO

         DEL  70% AL  61%       REGULAR

         DEL  60% AL  51%       MALO

         DEL  50% AL    0%       REPROBADO

 

 

ART. 36.

La calificación mínima para la probación de una asignatura será del 51% como nota final

 

ART. 37.

Toda asignatura y o modulo bajo la modalidad presencial será evaluada de la siguiente forma, siendo esta ponderación referencial y flexible de acuerdo a las asignaturas como carrera.

 

         VALOR DEL EXAMEN FINAL PRACTICO      20%

         VALOR DEL EXAMEN FINAL TEORICO         10%

         VALOR DISTRIBUIDO EN OTROS                  70%

 

ART. 38.

Toda asignatura y o modulo teórica bajo la modalidad semi-presencial será calificada de la siguiente forma

 

         TRABAJO DE UNIDAD (10%) X 3 UNIDADES           30%

         TALLER PRESENCIAL (10%) X 3 UNIDADES           30%

         TRABAJO DE MODULO                                             20%

         EVALUACIÓN DE MODULO                                      20%

 

ART. 39.

Toda asignatura y o modulo practica bajo la modalidad semipresencial será calificada de la siguiente forma

 

         TRABAJO PRACTICO (10%)X3 UNIDADES              30%

         ASISTENCIA (10%) X 3 UNIDADES                           30%

         EVALUACION DE UNIDAD X3 UNIDADES               40%

 

ART. 40.

Toda asignatura y o modulo bajo la modalidad a distancia será calificada de la siguiente forma:

 

En el caso de modalidades semipresenciales y a distancia la modalidad de tomar evaluaciones por medios electrónicos esta aceptada

 

         TRABAJO DE UNIDAD (20%) X 3 UNIDADES           60%

         TRABAJO DE MODULO                                             20%

         EVALUACION DE MODULO                                      20%

ART. 41.

El alumno regular debe rendir positivamente el total de todas las asignaturas o módulos asignadas.

 

ART. 42.

Si hubiese alguna asignatura y/o modulo reprobado el alumno debe acogerse al procedimiento de exámenes de segundo turno. 

 

ART. 43.

La reprobación del 50% del total de las asignaturas cursadas implicara tener que inscribirse nuevamente a fin de rendir estas por segunda vez.

 

ART. 44.

La reprobación consecutiva por tres veces obliga al alumno a retirarse de la carrera.

 

DEL BIENESTAR ESTUDIANTIL, BECAS Y SERVICIOS

ART. 45.

El bienestar estudiantil se define como los servicios anexos a los de la formación que la Universidad brinda a la comunidad estudiantil.

 

ART. 46.

El bienestar estudiantil se puede acreditar a la simple presentación del carnet de estudiante.

 

ART. 47.

Incluye como servicios del bienestar estudiantil:

 

a)                 SOLICITUD DE BECAS DE ESTUDIOS

b)                PRECIOS DIFERENCIADOS EN CONFERENCIAS, SEMINARIOS, CURSOS, JORNADAS, TALLERES

c)                BOLSA DE TRABAJO

d)                APOYO PSICOPEDAGOGICO

 

DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO

ART. 48.

El régimen disciplinario esta básicamente normado por los Artículos 16 al 20 del presente Reglamento.  Sin embargo situaciones no contempladas en estos artículos deberán ser tratadas en el Consejo Universitario cuya decisión será dada a conocer mediante una Resolución expresa.

 

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

ART. 49.

Toda reforma del presente Reglamento deberá acordarse en Asamblea de Socios en acto extraordinario y que cuente con la participación de dos tercios además para su aprobación mediante un resultado de votación del cincuenta y uno por ciento.

 

 

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